José Luis Pitarch
La República
22/05/2010
I
¿Quién soportaría “the law's delay” (en libros jurídicos suele traducirse por “la lentitud, o tardanza, de la justicia”), se duele el buen Hamlet junto a otras desdichas cual el amor menospreciado, una vida de fatiga y tedio, o la insolencia de quienes detentan cargo, poder (“office”). ¡Inconmensurable Shakespeare! Pues he ahí para remediarlo el juez de la horca don Luciano Varela (“Aquí los linchamientos se producen al amparo de la ley”, ¿recuerdan el film de otro inmenso, John Huston, con Paul Newman, Ava Gardner, Tony Perkins?). Lo de la horca va por la inusitada rapidez enjuiciadora de don L.V., discúlpeseme el tropo; que ya no hay pena de muerte, eso era en el franquismo, hasta los fusilamientos de 1.975. (Con una precisión sobre la abolición de tal pena capital, que muestra cómo el franquismo llega, en aspectos, hasta 2.010... en las Fuerzas Armadas. Pues en 1.978 los militares de Franco impusieron a la Constitución que sí pudiese haber pena capital en tribunales militares; para eso tenían a algún firmante de pena de muerte en la dictadura, como Fraga, de “padre” de la Constitución). Ahora, dice Fraga que no acepta la jurisdicción universal. No es tonto el hombre.
¡Vertiginoso proceso el llevado a cabo por don Luciano!, de envidia muero. Servidor aguarda respuesta ¡treinta años! a un Recurso contra hospedaje forzoso de seis meses en la Prisión Militar de Alcalá de Henares, que uno cursó en mayo del 80. Ya reza el adagio: “la justicia militar es a la justicia lo que la música militar es a la música”, lo que cítase sin ánimo de universalizar ni dar vejamen. (Distinto asunto es si confluyen condición de mílite y de no demócrata, cruce del que tenemos ejemplos hasta ayer y hoy. Pueden repasarlo, si permiten, en mi libro “Memoria irredenta del franquismo”, más up-to-date ahora que cuando vio la luz hace un año. O vean la invectiva de ha dos meses del general García de Dios, contra las medallas al patriotismo y lealtad al pueblo concedidas a los oficiales de la UMD).
Perdonen estas digresiones y embragues con asuntos adyacentes. Mas, habiendo ya pecado, dejen que reincida con una cita menos colateral, por la que confío no me riña Baltasar Garzón. Hace menos de un año, en viaje del mismo a Valencia por motivos privados, compartimos un largo café durante el cual don Baltasar me inquirió, un tanto divertido, por qué en mi mencionado libro, escrito en 2.008 (cuyo índice onomástico refiere a una decena de páginas bajo la advocación “Garzón”) aventuraba uno que “legión de políticos, jueces, etc” tratarían de “hacerle pagar cara” su investigación sobre los crímenes internacionales o “universales” de lesa humanidad y genocidio franquistas.
Crímenes hasta ahora tapiados --y lo que sigue en este párrafo temo me haga reo, si no me salva mi irrelevancia, de la admonición o desprecio de Javier Pradera, a quien tanto he admirado, una vez leído su infumable artículo “¿La amnistía contra la Constitución?” del día 5 de los corrientes; ¡no es revisionismo, don Javier, es dignidad y derecho a la justicia!--, hasta ahora enterrados, decimos, por esa “transacción” bajo fuertes coacciones y trágalas de los “vencedores” de 1.939 a la que se ha llamado púdicamente “transición” (cuya considerable parte de méritos uno conoce), y en la que dichos triunfadores gracias a Hitler y Mussolini no quisieron un “abrazo de Vergara” como en 1.839, sino mantener en las tinieblas, por poner un solo ejemplo entre no pocos, a los combatientes antifascistas (maquis) homólogos de los “resistentes” franceses, holandeses, serbios y del resto de Europa, este y oeste, contra el nazifascismo; en todas partes héroes, aquí aún bandidos. Washington, Jefferson, Adams, Madison, creadores y Presidentes de los EEUU, se revolverán en sus tumbas, porque ellos también ejercieron el sagrado derecho de rebelión armada contra la tiranía, que viene de Aristóteles, Tomás de Aquino, Locke.
Respondí a la pregunta de Garzón, más o menos: pues tratarán de que pagues muy caro haber dejado con el trasero al aire (en términos jurídicos y democráticos) a gran mayoría de los jueces de este país que se han llamado y siguen llamando andana respecto a las fosas de la ignominia y lesa humanidad, en cuyo ranking o número sólo nos supera posiblemente en el mundo --a Bosnia la “ganamos”-- la Camboya de Pol Pot (aparte los exterminios hitlerianos); y otro tanto en relación a muchos de nuestros altos gobernantes durante más de tres décadas. Unos y otros, jueces y políticos --dejamos para otro día los fiscales--, añadí, temo que ni habrán leído tus Autos de 16 de octubre y 18 de noviembre de 2.008, ni las Conclusiones y Recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU del 31 de octubre intermedio, especialmente sus inquietudes o preocupaciones (“concerns”) por que la Ley de Amnistía de 15-10-77 permanezca “in force”, obstaculizando contra lege el cumplimiento de obligaciones asumidas voluntariamente por España en una larga serie de Tratados y/o Convenios Internacionales, europeos y mundiales; obligaciones de mayor rango jurídico que dicha Ley de Amnistía, por lo que deben prevalecer sobre ésta. En fin, la ONU añadió expresamente la petición a España de “no aplicación por los tribunales españoles” de normas que restrinjan “la persecución de crímenes contra la humanidad”. Otra vez verde y con asas, alcarraza.
II
Entonces, ¿es que el magistrado Sr. Varela, aparte desoír al Fiscal, desconoce todo esto? ¿Y el Artículo 10 de la Constitución --el primerísimo de su Título Primero--, que prescribe: “Las normas relativas a los derechos fundamentales (...) se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos --de la propia ONU-- y los Tratados y Acuerdos Internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”? ¿Es ignorancia, es prevaricación, es vendetta personal o corporativista, o qué demonios es esto que nos convierte en escándalo y hazmerreír jurídico, político y moral del mundo civilizado?
¿Tendrá razón Joan Garcés cuando escribe --citando jurisprudencia de nuestros Tribunal Supremo y Constitucional, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos “cuya doctrina es obligatoria para España”, de los Tribunales Internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda-- que el auto de fe y los sofismas del Sr. Varela tratan de crear doctrina distinta a la de todos esos Tribunales en tanto acarrea leña para quemar a Garzón? ¿Tendrá razón Garcés --uno cree que sí-- cuando señala que esta “doctrina Varela” es un peligro para el orden público internacional y un ataque a principios democráticos irrenunciables?
También se pregunta uno si el Sr. Varela habrá leído el “manifiesto” de Jueces para la Democracia del pasado 14 de abril, donde consta: “Cuestionar la ley de amnistía (como ha hecho Garzón) basándose en el Derecho Internacional que niega validez a las normas que otorgan impunidad a los crímenes internacionales NO PUEDE SER UN HECHO DELICTIVO, porque entra en la función del juez ponderar las normas que debe aplicar y determinar la que mejor haga efectivos los valores constitucionales y el Derecho Internacional de los derechos humanos”. Mas “hoy --prosigue el manifiesto-- se ha abierto el camino para que los herederos del franquismo lleven al banquillo a un juez que simbolizaba la conquista civilizatoria de los derechos humanos, rompiéndose así con valores constitucionales y poniéndose en cuestión los compromisos internacionales adquiridos por el Estado español”. También firma este escrito la Unión Progresista de Fiscales, Magistrados Europeos para la Democracia y las Libertades, y la Federación Latinoamericana de Jueces para la Democracia.
Quedan muchas preguntas, por lo que abreviaremos, un poco en revoltillo. Conocemos el robusto ego de Garzón, pero ¿qué hay del de Varela? ¿La imputación de Garzón es un aviso a navegantes para que no osen ventilar las cloacas de la dictadura? ¿Prevaricaron los magistrados de la Audiencia Nacional Clara Bayarri, Ramón Sáez, J. Ricardo de Prada por pronunciarse en altas Resoluciones judiciales a favor de las tesis de Garzón? ¿Se aplicará la “doctrina (anti)Garzón” sobre prevaricación al Presidente del Tribunal Superior de Justicia valentino, Sr. De la Rúa, de quien cinco magistrados del TS, por unanimidad, han dicho que “infringió la ley” al exculpar a su “más que amigo” Camps (cuando ya debió excusarse de conocer en tal proceso, por dicha amistad)? ¿Hay una “politización” retrofranquista de buena parte del “poder judicial”? ¿Los jueces no se dejan nunca influir por consideraciones, convicciones o intereses políticos? ¿Tampoco en el asunto del Estatuto catalán?
Terminemos: ¿coincide en algo Javier Pradera con Dª Esperanza-de-Tamayo-y-Sáez cuando ésta llama “aquelarre de carcamales resentidos” a los reunidos en un acto de apoyo a Garzón, o cuando Don Mariano-el-leve tilda de “brutales” y “antidemócratas” a quienes ejercen crítica lícita de algunos jueces? ¿Conocen la frase de José Luis Sampedro: “lo grave no es la maldad de los malos, sino el silencio de los buenos”? ¿Y la de Galeano: “somos lo que hacemos, pero sobre todo lo que hacemos para cambiar las cosas”? No se puede abdicar del pasado, y el olvido, a veces, está lleno de mentiras. El olvido sella la muerte del que existió, sobre todo si se persigue su derecho a ser recordado. Me lo enseñó Carlos Castilla, como él solía denominarse a sí mismo, omitiendo “del Pino”. Un día de 1.983, en Córdoba.
José Luis Pitarch
Profesor de Derecho Constitucional
Presidente federal de Unidad Cívica por la República
La República
22/05/2010
I
¿Quién soportaría “the law's delay” (en libros jurídicos suele traducirse por “la lentitud, o tardanza, de la justicia”), se duele el buen Hamlet junto a otras desdichas cual el amor menospreciado, una vida de fatiga y tedio, o la insolencia de quienes detentan cargo, poder (“office”). ¡Inconmensurable Shakespeare! Pues he ahí para remediarlo el juez de la horca don Luciano Varela (“Aquí los linchamientos se producen al amparo de la ley”, ¿recuerdan el film de otro inmenso, John Huston, con Paul Newman, Ava Gardner, Tony Perkins?). Lo de la horca va por la inusitada rapidez enjuiciadora de don L.V., discúlpeseme el tropo; que ya no hay pena de muerte, eso era en el franquismo, hasta los fusilamientos de 1.975. (Con una precisión sobre la abolición de tal pena capital, que muestra cómo el franquismo llega, en aspectos, hasta 2.010... en las Fuerzas Armadas. Pues en 1.978 los militares de Franco impusieron a la Constitución que sí pudiese haber pena capital en tribunales militares; para eso tenían a algún firmante de pena de muerte en la dictadura, como Fraga, de “padre” de la Constitución). Ahora, dice Fraga que no acepta la jurisdicción universal. No es tonto el hombre.
¡Vertiginoso proceso el llevado a cabo por don Luciano!, de envidia muero. Servidor aguarda respuesta ¡treinta años! a un Recurso contra hospedaje forzoso de seis meses en la Prisión Militar de Alcalá de Henares, que uno cursó en mayo del 80. Ya reza el adagio: “la justicia militar es a la justicia lo que la música militar es a la música”, lo que cítase sin ánimo de universalizar ni dar vejamen. (Distinto asunto es si confluyen condición de mílite y de no demócrata, cruce del que tenemos ejemplos hasta ayer y hoy. Pueden repasarlo, si permiten, en mi libro “Memoria irredenta del franquismo”, más up-to-date ahora que cuando vio la luz hace un año. O vean la invectiva de ha dos meses del general García de Dios, contra las medallas al patriotismo y lealtad al pueblo concedidas a los oficiales de la UMD).
Perdonen estas digresiones y embragues con asuntos adyacentes. Mas, habiendo ya pecado, dejen que reincida con una cita menos colateral, por la que confío no me riña Baltasar Garzón. Hace menos de un año, en viaje del mismo a Valencia por motivos privados, compartimos un largo café durante el cual don Baltasar me inquirió, un tanto divertido, por qué en mi mencionado libro, escrito en 2.008 (cuyo índice onomástico refiere a una decena de páginas bajo la advocación “Garzón”) aventuraba uno que “legión de políticos, jueces, etc” tratarían de “hacerle pagar cara” su investigación sobre los crímenes internacionales o “universales” de lesa humanidad y genocidio franquistas.
Crímenes hasta ahora tapiados --y lo que sigue en este párrafo temo me haga reo, si no me salva mi irrelevancia, de la admonición o desprecio de Javier Pradera, a quien tanto he admirado, una vez leído su infumable artículo “¿La amnistía contra la Constitución?” del día 5 de los corrientes; ¡no es revisionismo, don Javier, es dignidad y derecho a la justicia!--, hasta ahora enterrados, decimos, por esa “transacción” bajo fuertes coacciones y trágalas de los “vencedores” de 1.939 a la que se ha llamado púdicamente “transición” (cuya considerable parte de méritos uno conoce), y en la que dichos triunfadores gracias a Hitler y Mussolini no quisieron un “abrazo de Vergara” como en 1.839, sino mantener en las tinieblas, por poner un solo ejemplo entre no pocos, a los combatientes antifascistas (maquis) homólogos de los “resistentes” franceses, holandeses, serbios y del resto de Europa, este y oeste, contra el nazifascismo; en todas partes héroes, aquí aún bandidos. Washington, Jefferson, Adams, Madison, creadores y Presidentes de los EEUU, se revolverán en sus tumbas, porque ellos también ejercieron el sagrado derecho de rebelión armada contra la tiranía, que viene de Aristóteles, Tomás de Aquino, Locke.
Respondí a la pregunta de Garzón, más o menos: pues tratarán de que pagues muy caro haber dejado con el trasero al aire (en términos jurídicos y democráticos) a gran mayoría de los jueces de este país que se han llamado y siguen llamando andana respecto a las fosas de la ignominia y lesa humanidad, en cuyo ranking o número sólo nos supera posiblemente en el mundo --a Bosnia la “ganamos”-- la Camboya de Pol Pot (aparte los exterminios hitlerianos); y otro tanto en relación a muchos de nuestros altos gobernantes durante más de tres décadas. Unos y otros, jueces y políticos --dejamos para otro día los fiscales--, añadí, temo que ni habrán leído tus Autos de 16 de octubre y 18 de noviembre de 2.008, ni las Conclusiones y Recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU del 31 de octubre intermedio, especialmente sus inquietudes o preocupaciones (“concerns”) por que la Ley de Amnistía de 15-10-77 permanezca “in force”, obstaculizando contra lege el cumplimiento de obligaciones asumidas voluntariamente por España en una larga serie de Tratados y/o Convenios Internacionales, europeos y mundiales; obligaciones de mayor rango jurídico que dicha Ley de Amnistía, por lo que deben prevalecer sobre ésta. En fin, la ONU añadió expresamente la petición a España de “no aplicación por los tribunales españoles” de normas que restrinjan “la persecución de crímenes contra la humanidad”. Otra vez verde y con asas, alcarraza.
II
Entonces, ¿es que el magistrado Sr. Varela, aparte desoír al Fiscal, desconoce todo esto? ¿Y el Artículo 10 de la Constitución --el primerísimo de su Título Primero--, que prescribe: “Las normas relativas a los derechos fundamentales (...) se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos --de la propia ONU-- y los Tratados y Acuerdos Internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”? ¿Es ignorancia, es prevaricación, es vendetta personal o corporativista, o qué demonios es esto que nos convierte en escándalo y hazmerreír jurídico, político y moral del mundo civilizado?
¿Tendrá razón Joan Garcés cuando escribe --citando jurisprudencia de nuestros Tribunal Supremo y Constitucional, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos “cuya doctrina es obligatoria para España”, de los Tribunales Internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda-- que el auto de fe y los sofismas del Sr. Varela tratan de crear doctrina distinta a la de todos esos Tribunales en tanto acarrea leña para quemar a Garzón? ¿Tendrá razón Garcés --uno cree que sí-- cuando señala que esta “doctrina Varela” es un peligro para el orden público internacional y un ataque a principios democráticos irrenunciables?
También se pregunta uno si el Sr. Varela habrá leído el “manifiesto” de Jueces para la Democracia del pasado 14 de abril, donde consta: “Cuestionar la ley de amnistía (como ha hecho Garzón) basándose en el Derecho Internacional que niega validez a las normas que otorgan impunidad a los crímenes internacionales NO PUEDE SER UN HECHO DELICTIVO, porque entra en la función del juez ponderar las normas que debe aplicar y determinar la que mejor haga efectivos los valores constitucionales y el Derecho Internacional de los derechos humanos”. Mas “hoy --prosigue el manifiesto-- se ha abierto el camino para que los herederos del franquismo lleven al banquillo a un juez que simbolizaba la conquista civilizatoria de los derechos humanos, rompiéndose así con valores constitucionales y poniéndose en cuestión los compromisos internacionales adquiridos por el Estado español”. También firma este escrito la Unión Progresista de Fiscales, Magistrados Europeos para la Democracia y las Libertades, y la Federación Latinoamericana de Jueces para la Democracia.
Quedan muchas preguntas, por lo que abreviaremos, un poco en revoltillo. Conocemos el robusto ego de Garzón, pero ¿qué hay del de Varela? ¿La imputación de Garzón es un aviso a navegantes para que no osen ventilar las cloacas de la dictadura? ¿Prevaricaron los magistrados de la Audiencia Nacional Clara Bayarri, Ramón Sáez, J. Ricardo de Prada por pronunciarse en altas Resoluciones judiciales a favor de las tesis de Garzón? ¿Se aplicará la “doctrina (anti)Garzón” sobre prevaricación al Presidente del Tribunal Superior de Justicia valentino, Sr. De la Rúa, de quien cinco magistrados del TS, por unanimidad, han dicho que “infringió la ley” al exculpar a su “más que amigo” Camps (cuando ya debió excusarse de conocer en tal proceso, por dicha amistad)? ¿Hay una “politización” retrofranquista de buena parte del “poder judicial”? ¿Los jueces no se dejan nunca influir por consideraciones, convicciones o intereses políticos? ¿Tampoco en el asunto del Estatuto catalán?
Terminemos: ¿coincide en algo Javier Pradera con Dª Esperanza-de-Tamayo-y-Sáez cuando ésta llama “aquelarre de carcamales resentidos” a los reunidos en un acto de apoyo a Garzón, o cuando Don Mariano-el-leve tilda de “brutales” y “antidemócratas” a quienes ejercen crítica lícita de algunos jueces? ¿Conocen la frase de José Luis Sampedro: “lo grave no es la maldad de los malos, sino el silencio de los buenos”? ¿Y la de Galeano: “somos lo que hacemos, pero sobre todo lo que hacemos para cambiar las cosas”? No se puede abdicar del pasado, y el olvido, a veces, está lleno de mentiras. El olvido sella la muerte del que existió, sobre todo si se persigue su derecho a ser recordado. Me lo enseñó Carlos Castilla, como él solía denominarse a sí mismo, omitiendo “del Pino”. Un día de 1.983, en Córdoba.
José Luis Pitarch
Profesor de Derecho Constitucional
Presidente federal de Unidad Cívica por la República
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